A partir del 10 de abril de 2025, los ciudadanos que viajen con pasaportes de Australia, Canadá y Estados Unidos a Brasil por motivos de turismo o negocios estarán sujetos a requisitos de visa para ingresar al territorio brasileño.
Estos ciudadanos podrán solicitar visas electrónicas (e-Visas) a través del portal [Official] Brazil Evisa | Tourist eVisa .
El proceso es sencillo y rápido, y si se cumplen los requisitos indicados a continuación, en pocos días el solicitante recibirá la e-Visa en su correo electrónico.
⚠️ Atención: Las visas electrónicas (e-Visas) son únicamente para ciudadanos de Australia, Canadá y Estados Unidos.
Todas las solicitudes de e-Visas deben hacerse a través del portal: [Official] Brazil Evisa | Tourist eVisa
Para otras consultas, envíe un correo electrónico a: visa.miami@itamaraty.gov.br
REQUISITOS DE SOLICITUD
- Pasaporte válido (firmado, con validez hasta el final del viaje a Brasil y al menos 2 páginas libres para visas).
- Formulario de solicitud de visa (completado en línea).
- Foto tipo pasaporte (2” x 2”, fondo blanco).
- Pago de la tasa de e-Visa (US$ 80,90).
- REQUISITOS ADICIONALES PARA MENORES DE EDAD
Además de los requisitos anteriores, los solicitantes menores de 18 años en el momento de la solicitud deben presentar los siguientes documentos adicionales: - Certificado de nacimiento.
- Autorización para la emisión de visa brasileña para menor, firmada por ambos padres.
Para hijos de padre(s) brasileño(s):
- Declaração de Não-Cidadania, declarando que el solicitante no es ciudadano brasileño (no posee acta de nacimiento brasileña), firmada por el(los) padre(s) brasileño(s).
- Si solo un padre figura en el acta de nacimiento, basta únicamente la firma de ese padre.
- Si uno de los padres tiene la custodia exclusiva del menor, se debe presentar una copia notariada de la orden judicial que otorgue la custodia exclusiva y los derechos parentales.
- Si uno de los padres ha fallecido, debe presentarse el acta de defunción.
- Copia de los pasaportes u otra identificación con foto de ambos padres.
⚠️ El nombre en la identificación de los padres debe coincidir con el nombre en el acta de nacimiento del menor. Si el padre/madre cambió de nombre después de la emisión del acta de nacimiento, deberá presentar un documento que lo compruebe (ejemplo: acta de matrimonio o resolución judicial).